El procedimiento de evaluación que efectúen los profesionales de la Unidad de Adopción deberá considerar lo siguiente:
- La evaluación deberá programarse y realizarse anualmente en el período comprendido entre el 20 de noviembre y 20 de diciembre.
- La pauta de evaluación será aplicada a todos/as los/as profesionales acreditados/as, que hayan efectuado al menos una evaluación entre el mes de enero y el 20 de noviembre del año correspondiente.
- En el ítem “Atenciones Realizadas en el Período”, se entenderá por evaluación para adopción, regularización y psicoterapia el informe que emite cada profesional una vez concluido el proceso completo.
- Dicha evaluación no procede si durante el período señalado, el/la profesional no ha realizado informes sociales o psicológicos debiendo éste/a mantenerse en el registro, sólo si existe justificación para ello (ej.: no haber sido seleccionado de la nómina, licencia médica, viaje fuera del país, etc.)
- Si durante dos años consecutivos el/la profesional no ha prestado sus servicios como evaluador/a externo/a y no ha mantenido contacto con la Unidad de Adopción, será eliminado de los registros.
- Si el/la profesional no califica en la Pauta con el puntaje mínimo exigido para su continuidad, también se deberá revocar su acreditación y eliminarlo/la de los registros, describiendo las razones de ello en el ítem III “Conclusiones”.
- La ausencia injustificada a las jornadas de capacitación organizadas por la Unidad de Adopción respectiva, influirá negativamente en la evaluación de desempeño del profesional acreditado, bastando dos inasistencias para considerar su eliminación del Registro.
Sin perjuicio de la evaluación anual de desempeño a los profesionales externos acreditados, las Direcciones Regionales verificarán permanentemente la coherencia, rigurosidad y veracidad de los informes elaborados por los profesionales evaluadores externos, pudiendo solicitar a esta Dirección Nacional en casos graves y calificados la eliminación de los registros del profesional que no haya dado cumplimiento al contenido y forma requerido en los informes.